¿Qué es la rescisión laboral?
Es el acto legal mediante el cual se da por terminada una relación de trabajo de manera formal.
Esta figura permite que una de las partes (patrón o trabajador) finalice el contrato de trabajo debido a que la otra parte ha incumplido con sus obligaciones.
A diferencia de un despido injustificado o una renuncia voluntaria simple, la rescisión suele estar fundamentada en una causa justificada prevista por la ley.
Tipos de Rescisión Laboral
1. Rescisión sin responsabilidad para el patrón.
Ocurre cuando el trabajador comete una falta grave. En este caso, la empresa puede despedir al empleado sin tener que pagar una indemnización por despido, solo el finiquito proporcional. Algunas causas comunes pueden ser:
● Engaño: Presentar certificados falsos sobre sus habilidades.
● Faltas de probidad: Actos de violencia, amagos o malos tratamientos en contra del patrón o compañeros.
● Daños materiales: Causar perjuicios a las instalaciones o herramientas de trabajo.
● Inasistencias: Tener más de tres faltas en un período de 30 días sin permiso ni causa justificada.
● Desobediencia: No seguir las instrucciones del patrón sin una razón válida.
Cuando el trabajador es quien incumple con algunas de las causales mencionadas con antelación o las demás contempladas en el artículo 47 de la LFT, el patrón sólo está obligado a pagar el finiquito.
Este concepto se refiere a las prestaciones que el empleado ya se ganó por el tiempo trabajado, siendo estas las siguientes:
● Días trabajados: El pago de los días del último periodo (quincena o semana) que laboró antes de la rescisión.
● Aguinaldo proporcional: La parte del aguinaldo que corresponde a los meses trabajados en el año en curso.
● Vacaciones proporcionales: El pago de los días de vacaciones que no disfrutó del periodo actual.
● Prima vacacional: El equivalente al 25% (mínimo legal) sobre el monto de las vacaciones proporcionales.
● Prima de antigüedad: Solo se paga si el trabajador tiene 15 años o más de servicio.
Para que una rescisión sea legalmente válida (especialmente por parte del patrón), se deben cumplir ciertos requisitos:
● Aviso de Rescisión: Es un documento escrito donde se explican detalladamente las causas y la fecha en que se cometieron las faltas.
● Notificación: El patrón debe entregar este aviso directamente al trabajador o hacerlo a través del tribunal laboral competente dentro de los cinco días hábiles siguientes, en cuyo caso deberá proporcionar el último domicilio que tenga registrado del trabajador a fin de que la autoridad se lo notifique en forma personal.
Efectos:
Una vez notificado el aviso de rescisión al trabajador, la relación laboral termina de inmediato.
2. Rescisión sin responsabilidad para el trabajador
Se da cuando el patrón incumple con sus deberes, cayendo en algunas de las causales señaladas en el artículo 51 de la LFT, lo que permite al trabajador renunciar y exigir el pago de una indemnización (como si fuera un despido). Algunas causas son:
● Engaño del patrón: Mentir sobre las condiciones de trabajo al inicio del contrato.
● Falta de pago: No recibir el salario en la fecha o lugar convenidos.
● Maltrato o violencia: Sufrir actos de hostigamiento o violencia por parte del patrón o sus familiares.
● Reducción de salario: Si el patrón decide bajar el sueldo de manera unilateral.
● Peligro en el entorno: Falta de medidas de seguridad e higiene que pongan en riesgo la salud.
Si el patrón es quien incumple cayendo en alguno de los supuestos mencionados con anterioridad o de los demás contemplados en el artículo 51 de la LFT, el trabajador tiene derecho a retirarse y exigir tanto el pago de finiquito, así como el pago de una indemnización de ley, equivalente a un despido injustificado.
● Días trabajados: El pago de los días del último periodo (quincena o semana) que laboró antes de la rescisión.
● Aguinaldo proporcional: La parte del aguinaldo que corresponde a los meses trabajados en el año en curso.
● Vacaciones proporcionales: El pago de los días de vacaciones que no disfrutó del periodo actual.
● Prima vacacional: El equivalente al 25% (mínimo legal) sobre el monto de las vacaciones proporcionales.
● Indemnización Constitucional: El pago de 3 meses de salario.
● Prima de Antigüedad: En este escenario, se deben pagar 12 días por cada año trabajado, sin importar que el empleado no haya cumplido los 15 años de servicio. El tope para este cálculo es de dos salarios mínimos diarios de la zona.
● Salarios Vencidos: Si el caso llega a juicio y el trabajador gana, se pagan los salarios desde la fecha de la separación hasta por un periodo máximo de 12 meses.
DATO IMPORTANTE Si un patrón despide a un empleado alegando una causa de rescisión, pero no entrega el aviso escrito, el despido puede ser considerado INJUSTIFICADO, lo que daría derecho al trabajador a reclamar su reinstalación o una indemnización constitucional.
By: Lic. Carlos Del Real