¿Cuántas veces te has quedado en un trabajo que ya te está costando tu salud física, mental o emocional?
Te bajaron el sueldo sin una razón que se sostenga. Te cambiaron de horario o de lugar de trabajo invocando “necesidades de la empresa”, sin que nadie te preguntara. Descubriste, ya tarde, que te dieron de alta en el IMSS con un salario menor al que realmente ganas, o mucho después de haber empezado a trabajar. Vives un ambiente hostil, acoso de un jefe o de un compañero, o simplemente te contrataron bajo condiciones distintas a las que te prometieron.
Nada de esto es normal. Y nada de esto te obliga a renunciar.
Las personas empleadoras saben que necesitas tu trabajo, y muchas veces se aprovechan de eso: modifican tus condiciones laborales de forma unilateral, sin medir que están violando tus derechos. Lo que pocos trabajadores saben es que la ley no los deja sin salida.
Antes de presentar tu renuncia —y con ella, resignarte a perder tus prestaciones— existe una figura que te permite terminar la relación laboral por culpa del patrón, sin perder tu derecho a una indemnización equivalente a la de un despido injustificado: la rescisión sin responsabilidad para el trabajador, prevista en el artículo 51 de la Ley Federal del Trabajo.
Si tu caso encuadra en alguna de estas causales, el artículo 50 de la misma Ley te da derecho a reclamar:
- ● 90 días de salario por concepto de indemnización constitucional,
- ● 20 días de salario por cada año trabajado, y
- ● la prima de antigüedad, equivalente a 12 días de salario por año cumplido.
Eso sí: el tiempo corre en tu contra. El artículo 517, fracción II de la LFT establece que tienes solo un mes para separarte de tu empleo a partir de que ocurrió la causa.
Si algo en tu trabajo ya no está bien, no dejes pasar más tiempo. Acércate con nosotros. En una asesoría especializada podemos analizar tu caso y construir la estrategia adecuada para que ejerzas este derecho sin poner en riesgo tu indemnización.
No renuncies a lo que te corresponde. Rescinde con respaldo legal
By: Lic. Violeta Sanchez